¿Qué denunciar?
¿Qué es una denuncia?
Aquello que la parte afectada considere que infringe alguna disposición contenida en la Ley Nº 6693, su Reglamento y normativa interna aprobada por CONESUP a las universidades privadas.
Los asuntos que por su naturaleza no son competencia del CONESUP, el denunciante puede valorar la posibilidad de recurrir a otras instancias administrativas o judiciales, según corresponda.
¿Qué NO se puede denunciar?
Los posibles reclamos por devolución de dinero, congelamiento de materias, formas de pago, no son sujetos de denuncia ante CONESUP, por cuanto son aspectos de índole pecuniario que el estudiante debe dilucidar directamente con las autoridades universitarias, por carecer el CONESUP de competencia legal y reglamentaria para su regulación. De igual forma, aspectos de funcionamiento interno de la institución no son suceptibles de denuncia por cuanto se enmarcan dentro del principio de Autonomía Universitaria.
Las disconformidades relacionadas con asuntos de evaluación deben ajustarse a lo dispuesto en el reglamento de evaluación y demás normativa interna aprobada para la universidad.