Apertura de carrera presencial

Definición del Servicio

Definición del Servicio: 

Consiste en el procedimiento por realizar para aperturar una carrera modalidad presencial de una Universidad Privada.

Aplicación o Alcance

Aplicación o Alcance: 

Toda vez que se recibe una solicitud para la apertura en modalidad presencial de una carrera  por parte de alguna Universidad Privada y finaliza cuando el solicitante recibe la notificación del acuerdo tomado por el Consejo de CONESUP.

Requisitos

Requisitos: 
  • Presentar solicitud firmada por parte del Rector(a) de la Universidad.
  • Presentar tomo curricular y descripción de infraestructura y equipamiento.
  • Presentar la nómina docente y de autoridad (es) con los requerimientos respectivos  (ver FU-07-CONESUP y CONESUP-FU-08-CONESUP).
  • Presentar la solicitud de tarifas para la carrera.
  • Presentar los permisos para el funcionamiento: copia certificada del permiso de autorización emitido por la Dirección de Equipamiento e Infraestructura (DIEE), que especifique la oferta académica autorizada y capacidad locativa, debe considerar la carrera que solicita activa; copia certificada del permiso Sanitario de Funcionamiento del Ministerio de Salud vigente; copia certificada de la aprobación del Consejo de Salud Ocupacional (CSO); copia certificada de la patente municipal respectiva, a nombre del ente auspiciador o representante legal aprobado por el CONESUP.copia certificada del Registro de Propiedad de las instalaciones físicas, o bien, la copia auténtica del contrato de arrendamiento firmado por el representante legal.

Departamento responsable

Departamento responsable: 

Departamento de Análisis Técnico.

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